El superior Tribunal de Justicia dio acogida favorable a la medida cautelar requerida por el legislador Jorge Lechman, de Somos Fueguinos y dictó la suspensión del acto eleccionario convocado para noviembre.
Río Grande, 6 de agosto de 2024.- El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia hizo a lugar a la presentación realizada ayer por el legislador de Somos Fueguinos Jorge Lechman,mediante la cual solicitó que el STJ se expida sobre la validez del llamado a elecciones –ya que habría sido convocada fuera de término- además de la inconstitucionalidad de la ley y una medida cautelar hasta tanto estas cuestiones se resuelvan.
En ese sentido, el Superior Tribunal de Justicia consideró que el plazo de 210 días –la ley fue sancionada del 13 de diciembre de 2023- caducó el día 25 de julio, mientas que el Gobierno de la Provincia recién hizo pública la convocatoria el 30, excediendo así el plazo correspondiente.
De los considerandos de la sentencia se desprende que la reforma propuesta por ejecutivo es de una magnitud tan profunda que amerita la evaluación del recurso presentado por Lechman y su legitimación como reclamante, no ya considerando su carácter de legislador sino amparado en el mero ejercicio de su ciudadanía, ya que en el caso se vulneran expresas disposiciones constitucionales que hacen a la forma republicana, fundamento del que el STJ además se sirve para instrumentar la cautelar de suspender la elección por el término de 30 días.
Además, la justicia entendió que la ley de declaración de reforma, que fue sancionada sobre tablas –sin discusión previa- en el último día del periodo ordinario de la legislatura cuyo mandato venció el 10 de diciembre próximo pasado, carece de los presupuestos esenciales que demanda ese tipo de norma. Puntualmente, los jueces objetaron que no se cumplió con el requisito de detallar la asignación de partida presupuestaria con la cual se iban a cubrir los gastos de la elección.
Si bien la decisión del Superior Tribunal Fueguino es de carácter transitorio hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, surge de la argumentación del fallo, que estas medidas cautelares adelantan criterios resolutorios, en este caso, que los jueces consideran vencido los plazos, con lo que el fondo parece estar definido a favor de la caducidad de la ley de reforma.
Paralelamente, la justicia ordenó la intervención de la Legislatura, cuestión que implica una complicación para el ejecutivo, puesto que con la composición actual la posibilidad de que prospere la ley de reforma es menor.