El fiscal Pablo Bramatti alegó ante el Tribunal de Juicio en el juzgado de Campamento YPF donde este proceso continúa a puertas cerradas.
Allí dio cuenta de dos episodios; el primero en el domicilio de margen sur que compartía la pareja, y luego en junio en una vivienda de Chacra XIII donde ya alquilaba Canalicchio al ser excluido del hogar y contando ya con una prohibición de acercamiento, tras lo cual finalmente fue detenido.
En relación al primer hecho se denunciaron lesiones y daños, y en el segundo a las lesiones agravadas se sumaron amenazas reiteradas e incluso una privación ilegítima de la libertad a la mujer por varios días.
Canalicchio agredió a la mujer con cabezazos, tomándola del cuello e incluso mordiéndola; a lo que en la segunda oportunidad la amenazó con “traer sus amigos de Ezeiza” o “incendiarle la casa con sus hijos”.
Por todo ello el fiscal pidió una pena de 4 años de prisión efectiva, a lo que luego la defensa solicitó la absolución de Canalicchio en base a sus dichos, de que solo se trató de “un forcejeo”. Incluso su defensa pidió que en caso de encontrarlo culpable se aplique el mínimo de la pena por “lesiones” y daños”, únicos posibles delitos reconocidos.
El Tribunal de Juicio pasó a un cuarto intermedio para el jueves cuando se conocerán las últimas palabras y el veredicto.