Los tres sujetos que atentaron contra la fibra óptica se negaron a declarar y recuperaron su libertad

Lo confirmó el Dr. Juan Vicente, secretario del Juzgado Federal en Río Grande, para FM La Isla tras la indagatoria que se hizo a los tres hombres de Buenos Aires que arribaron a la provincia con el fin de atentar contra el radar de LeoLabs y terminaron cortando la comunicación de Tolhuin con el resto de la provincia.

Fueron indagados los tres sujetos detenidos en el puesto policial José Menéndez luego de que cortarán la fibra óptica de la ciudad del radar de LeoLabs en Tolhuin, ocasionando con esta acción la perdida de comunicación de la ciudad con el resto de la provincia.

En este marco, el Dr. Juan Vicente, secretario del Juzgado Federal en Río Grande, explicó para FM La Isla que tras la detención de los tres sujetos se ordenó su indagatoria para el 11 de octubre, donde los hombres se negaron a declarar, estando dos representados por la Defensa Oficial y uno por un particular.

Se certificó que no tenían antecedentes penales y que todos venían de la provincia de Buenos Aires, particularmente de los partidos de San Martín y de Villa Ballester.

“Se negaron a declarar, pero se dio por cumplido el acto y recuperaron la libertad”, señaló el Dr, Vicente.

“A partir de la indagatoria, donde se formaliza la acusación y conocen las pruebas que hay en su contra, la Jueza tiene 10 días para resolver su situación procesal. Ver si serán procesadas, sobreseídas o se dictará la falta de mérito para tomar una decisión u otra”, explicó.

“Hemos pedido informes a migraciones para saber cuándo fue el ingreso, si lo hicieron con otras personas y si fue en el vehículo en que fueron demorados, aseguró el letrado.

En este sentido fue consultado sobre si el daño que se provoca tiene algún tipo de carga sobre la imputación, en tanto que se trato de un daño público ya que evitó que haya comunicaciones entre Tolhuin con el resto de la provincia, cómo pesa esto:

“El Código Penal establece sanciones para las conductas, esta puntualmente se investiga que suponemos está dentro del artículo 194, que sanciona cuando hay un acto que genera un corte de un suministro de un servicio público”, señaló.

“No encontramos elementos para suponer otro tipo penal distinto al 194”, insistió el Dr. Vicente y agregó: “Tiene una pena que va de los 3 meses a los 2 años, luego dentro de esa franja al momento de imponer una sanción cuando se realiza un juicio se ve más cerca de cual de las dos está”.

“Hay que separar la gravedad del tipo penal de la conducta de la trascendencia”, concluyó el Dr. Juan Vicente.

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